El consejo de ministros
aprobó el pasado miércoles 23 de marzo lo siguiente: Sera obligatorio contar
con 3 dosis de vacunas contra el COVID -19 para ingresar a espacios
públicos y privados. Esta norma tiene la finalidad de prevenir el contagio y
proteger la salud de la población, específicamente la más vulnerable como los
adultos mayores. Durante una conferencia de PCM en la que declaró el primer
ministro, Aníbal Torres, y el titular de Salud, Hernán Condori.
ES OBLIGATORIO LA TERCERA DOSIS CONTRA EL CORONAVIRUS
El primer ministro dijo: “Es
necesario que tengan las tres dosis para que puedan acceder a cualquier lugar
público o privado; es necesario que cuenten con tres dosis, y todos los
establecimientos públicos y privados están en la obligación de constatar esto, o sea, no pueden dejar ingresar a personas que no tengan las tres vacunas”,
manifestó Torres.
Se sabe que cuando sé menciona establecimientos públicos y privados hace referencia al: ingreso a lugares como centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados, supermercados, casinos, gimnasios, restaurantes, entre otros. Es un hecho que, desde el 11 de abril, todas las personas mayores de 18 años deberán presentar su carnet de vacunación (con su esquema completa de vacunas – 3 dosis) para ingresar a espacios mencionados ya que es obligatorio ponerse la tercera dosis.
Sin embargo, la brecha de inoculaciones de aplicación de la tercera dosis, iniciada en noviembre del año pasado, incremento a más de 9 millones de personas y en promedio el número de individuos vacunados al día es de únicamente 180,000. No obstante, no podemos descartar que el Perú experimente en los próximos meses, una subida de contagios y, ante el desconocimiento sobre cómo sé comportarían nuevas variantes en nuestro territorio, es necesario incentivar que todos los peruanos acepten vacunarse con la pauta completa de la vacunación. Porque para toda actividad dentro de los segmentos de la sociedad es obligatorio vacunarse con la tercera dosis.
Se sabe que cuando sé menciona establecimientos públicos y privados hace referencia al: ingreso a lugares como centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados, supermercados, casinos, gimnasios, restaurantes, entre otros. Es un hecho que, desde el 11 de abril, todas las personas mayores de 18 años deberán presentar su carnet de vacunación (con su esquema completa de vacunas – 3 dosis) para ingresar a espacios mencionados ya que es obligatorio ponerse la tercera dosis.
Sin embargo, la brecha de inoculaciones de aplicación de la tercera dosis, iniciada en noviembre del año pasado, incremento a más de 9 millones de personas y en promedio el número de individuos vacunados al día es de únicamente 180,000. No obstante, no podemos descartar que el Perú experimente en los próximos meses, una subida de contagios y, ante el desconocimiento sobre cómo sé comportarían nuevas variantes en nuestro territorio, es necesario incentivar que todos los peruanos acepten vacunarse con la pauta completa de la vacunación. Porque para toda actividad dentro de los segmentos de la sociedad es obligatorio vacunarse con la tercera dosis.
TERCERA DOSIS COVID 19 EMPRESAS
Trabajadores de los sectores privados y públicos
Toda persona que realice
actividad laboral presencial también debe contar con las tres dosis. En el caso
de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la
aplicación de las 3 dosis de vacunación contra la COVID-19, deben
prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto.
¿Es obligatorio vacunarse con la tercera dosis para trabajar?
En el caso de empleados del
sector público que realicen actividades presenciales es obligatorio la
aplicación de las tres dosis.
No obstante, el Gobierno
otorga un plazo máximo de 15 días calendario contados a partir de la
entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para que los prestadores de
servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no
cuenten con la tercera dosis puedan seguir realizando su actividad laboral presencial.
Es importante agregar que, de acuerdo a el decreto supremo los trabajadores del
sector Salud deben contar con tres dosis de la vacuna para cumplir las labores
de manera presencial en su centro de labores, debido al alto riesgo de contagio
y propagación del covid-19.
Carnet de vacunación con la tercera dosis
Se pedirá carnet de
vacunación con el fin de realizar una correcta validación del carnet físico y
virtual que acredite el cumplimiento de la aplicación de la vacunación contra el
covid-19 ello debe realizarse conjuntamente con su DNI (Documento
Nacional de Identidad) a todo ciudadano peruano o extranjero debidamente.
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